Daniel Arizmendi López, conocido como “El Mochaorejas”, uno de los secuestradores más notorios de México en la década de los 90, fue absuelto este miércoles del delito de privación ilegal de la libertad en la modalidad de secuestro en una causa penal específica, por la jueza Segunda de Distrito en Materia Penal en el Estado de México, Raquel Ivette Duarte Cedillo.
La resolución judicial determina que las pruebas presentadas por la extinta Procuraduría General de la República (PGR) resultaron insuficientes para acreditar la responsabilidad plena de Arizmendi en los hechos ocurridos en 1997, cuando una víctima fue plagiada y liberada tras el pago de un rescate.
La jueza enfatizó que no existía imputación directa ni elementos probatorios sólidos que vincularan al acusado de manera indiciaria, aplicando el principio de presunción de inocencia.
Sin embargo, la juzgadora sí encontró elementos suficientes para responsabilizarlo del delito de violación a la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, por el cual le impuso una pena de ocho años de prisión y una multa equivalente a 500 días (13 mil 225 pesos). Dado que Arizmendi López lleva 27 años recluido, la sentencia consideró esta pena como ya compurgada y ordenó su “absoluta e inmediata libertad” únicamente respecto a esta causa penal específica.
A pesar de la absolución parcial, “El Mochaorejas” no abandonará la prisión. Permanece interno en el Centro Federal de Reinserción Social No. 14 en Durango, donde cumple múltiples condenas acumuladas que superan los 250 años por diversos secuestros, homicidios y delincuencia organizada. En su historial, se le atribuyen al menos 21 secuestros confesados y tres asesinatos, con un modus operandi que incluía la mutilación de orejas de las víctimas para presionar el pago de rescates.
Arizmendi López fue capturado el 17 de agosto de 1998 en el Estado de México, tras una serie de plagios que aterrorizaron al país, principalmente contra empresarios en entidades como el Estado de México, Morelos, Puebla y la entonces Distrito Federal.
Esta sentencia se deriva de una reposición de proceso ordenada por amparos previos, incluyendo uno concedido en años recientes que invalidó condenas anteriores por irregularidades procesales. La Fiscalía General de la República (FGR) podría impugnar la resolución, aunque por ahora, el fallo representa un revés parcial en uno de los múltiples expedientes contra el infame criminal.




