La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó la inclusión de más de dos personas en un matrimonio o concubinato, práctica conocida en la sociedad como poliamor.
En sesión pública este miércoles, cuatro ministros votaron a favor de revocar la sentencia impugnada por el gobernador de Puebla, Sergio Salomón Céspedes Peregrina, a través del recurso de revisión 695/2023.
El mandatario reclamó la sentencia dictada por el Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla, que permitió a un hombre practicar el poliamor.
El ciudadano ganó un amparo en mayo de 2021, pues argumentó que era discriminatorio que los artículos 294 y 297 del Código Civil del Estado de Puebla limitaran las uniones a dos personas, toda vez que su “orientación sexual era el poliamor”.
Lo anterior causó polémica debido a que el poliamor no es una práctica reconocida por la ley en la entidad poblana.
ÚLTIMA HORA | La Primera Sala de la @SCJN rechaza el poliamor, la inclusión de más de dos personas en un matrimonio.
La sentencia dictada por un juez en 2022 que permitió a un hombre practicar el poliamor, fue impugnada por el gobernador de Puebla, @SergioSalomonC. @retodiariomx pic.twitter.com/pTKwmMFr98
— Berenice Martínez (@bereymar) April 3, 2024
El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo propuso dejar sin efectos la sentencia dictada por el juez Pedro Arroyo Soto, pues este se limitó a señalar que las relaciones poliamorosas son una orientación sexual, sin que se expresaran razones para llegar a esa afirmación.
“Primero, en la materia de la revisión se revoca la sentencia recurrida; segundo, la justicia de la unión no ampara ni protege a la parte quejosa en contra de los artículos 294 y 297 del Código Civil para el Estado de Puebla”, se resolvió por mayoría de cuatro votos.