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Corte negará amparo a Juan Lira, vinculado a proceso por operaciones con recursos de procedencia ilícita

El proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena se someterá a votación de la Primera Sala

Juan Lira Maldonado

Juan Lira Maldonado

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) negará la protección de la justicia federal a Juan Lira Maldonado, alias “El Moco”, quien fue vinculado a proceso por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita.

Lo anterior se lee en el proyecto que someterá a votación el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, para resolver el amparo en revisión 127/2024.

“La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluye que, al resultar infundados los agravios, no procede conceder el amparo y protección de la justicia federal a la parte quejosa. La Justicia de la Unión no ampara ni protege a ***********, en contra del artículo 453, fracciones I y II y penúltimo párrafo del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla”.

Juan Lira fue vinculado a proceso por la adquisición de bienes muebles e inmuebles en el periodo de 2014 a 2020 por sí mismo y a través de testaferros.

En la elección de 2024 fue candidato de Fuerza por México Puebla, partido aliado de Morena, a la presidencia municipal de Chignahuapan.

El Moco impugna ante la Corte

“El Moco” impugnó ante la Suprema Corte el artículo 453, fracciones I y II, y párrafo penúltimo del Código Penal del Estado de Puebla, por considerar que invade las competencias del Congreso de la Unión para legislar sobre el sistema financiero, comercio y seguridad pública federal.  

En este artículo se establece la pena de cinco a 15 años de prisión y multa de mil a cinco mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) al que, por sí o por interpósita persona, realice cualquiera de las siguientes conductas:

I.- Adquiera, enajene, administre, custodie, posea, cambie, convierta, deposite, retire, dé o reciba por cualquier motivo, invierta, traspase, transporte o transfiera, dentro del territorio o de éste hacia fuera o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita.

II.- Oculte, encubra o pretenda ocultar o encubrir la naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento, propiedad o titularidad de recursos, derechos o bienes, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita.

El proyecto señala que el juez de control fue claro en establecer que los hechos investigados y los datos de prueba aportados por el Ministerio Público giraron en torno a demostrar la adquisición de bienes muebles e inmuebles por parte de Juan Lira y testaferros con recursos de procedencia ilícita.

Juan Lira adquirió bienes a través de prestanombres

Según la investigación inicial, Lira Maldonado, valiéndose de testaferros (prestanombres), adquirió, durante el periodo de 2014 a 2020 diversos predios en el municipio de Chignahuapan y vehículos al interior del estado.

Se presume que dichas adquisiciones se realizaron con recursos que proceden o representan el producto o ganancias de una actividad ilícita “tomando en razón el antecedente de las actividades a que se dedica el imputado, así como el nexo familiar que guarda con los testaferros y que son las personas que figuran como titulares de los mismos, que son sus hijos y su concubina”.

Cabe mencionar que estar vinculado a proceso significa que un juez ha decidido que hay pruebas suficientes para iniciar un proceso penal en contra de una persona.