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Comisión del Congreso de Puebla aprueba reformas al Código Penal del Estado

El objetivo es establecer la diferencia entre autores y partícipes de un delito, con la finalidad de delimitar sus alcances, responsabilidades y sanciones

Congreso Pue Comision Procuracion Administracion Justicia

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Con el propósito de dotar de las herramientas necesarias a las autoridades judiciales que les permitan visualizar de manera clara la forma de llegar a la resolución de conflictos, así como dar celeridad a los procesos penales, la Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso de Puebla, que preside el diputado Eduardo Castillo López, avaló el dictamen para reformar el artículo 21 del Código Penal del Estado.

La iniciativa presentada en su momento por la diputada Xel Arianna Hernández García, tiene como propósito armonizar el ordenamiento legal con las disposiciones constitucionales y la legislación procesal penal nacional, para establecer la diferencia entre autores y partícipes de un delito, así como definir las modalidades de: autor material, autor intelectual, coautores, autores mediatos, instigadores, cómplice primario, secundario y correspectivo.

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Foto: Especial

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Esto, debido a que actualmente el artículo 21 del Código Penal tiene una redacción generalizada que fusiona el tema de la autoría y participación en una sola fórmula, sin distinción conceptual entre ellos.

Debido a esto, el dictamen establece la diferencia entre autor y partícipe, al señalar que el autor tiene el dominio del hecho, en tanto que el partícipe es quien sin tener dominio del hecho interviene en el mismo deliberadamente, instigando o auxiliando al autor.

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Gerardo Hernández Rojas y Fernando Sánchez Sasia, diputados locales de Puebla por el PT y Morena, respectivamente. Foto: Especial

Gerardo Hernández Rojas y Fernando Sánchez Sasia, diputados locales de Puebla por el PT y Morena, respectivamente. Foto: Especial

"Tratándose de los autores se puede referir al autor material, al autor intelectual, a los coautores y a los autores mediatos. En tanto que los partícipes encuentran adecuación en las figuras de instigadores y cómplices, entre estos: primario, secundario y correspectivo".

Por otra parte, en asuntos generales, la diputada Silvia Tanús Osorio expresó su desacuerdo por la actuación de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla al impugnar algunos artículos de la Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado, la cual, señaló, fue consultada con la sociedad y tiene entre sus finalidades la protección de las personas.

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Silvia Tanús Osorio, diputada del Congreso de Puebla. Foto: Especial

Silvia Tanús Osorio, diputada del Congreso de Puebla. Foto: Especial

En este sentido, el diputado Eduardo Castillo López, como presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso del estado, tomó nota del extrañamiento de la legisladora para su análisis correspondiente.

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El diputado Eduardo Castillo López, presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso del estado de Puebla. Foto: Especial

El diputado Eduardo Castillo López, presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso del estado de Puebla. Foto: Especial

A la sesión de la Comisión acudieron los diputados Eduardo Castillo López, Gerardo Hernández Rojas, Silvia Tanús Osorio y Fernando Sánchez Sasia.

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