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Líder del Congreso de Puebla dice no avergonzarse de que Corte corrija su trabajo

Sostuvo que esto no es algo que avergüence a los diputados o que los haga sentir mal, sino al contrario, ya que siempre buscan ir perfeccionando

Líder del Congreso de Puebla dice no avergonzarse de que Corte corrija su trabajo

El presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política (Jugocopo) del Congreso del Estado, Sergio Salomón Céspedes Peregrina, aseguró que no les da vergüenza que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) corrija el trabajo de los diputados poblanos.

Y es que la Corte invalidó -en menos de una semana- los requisitos de la Ley del Notariado y la Ley de Búsqueda de Personas, 

Aseguró que el Poder Legislativo no ha recibido la sentencia de la SCJN, pero una vez así sea lo anunciará al pleno de la LXI Legislatura para definir que procederá.

Minimizó el hecho de que la Corte haya invalidado el requisito de ser ciudadano mexicano por nacimiento para competir por una notaría en Puebla, además de la suspensión del cargo por ser vinculado a proceso por delito doloso grave.

Sergio Salomón dijo que la anterior y esta legislatura buscan generar condiciones que sirvan a los poblanos, aunque aclaró que esto no significa que el Congreso sea infalible por lo que si los ministros tienen otro criterio lo acatarán.

Sostuvo que esto no es algo que avergüence a los diputados o que los haga sentir mal, sino al contrario, ya que siempre buscan ir perfeccionando. 

Reiteró que acatarán lo ordenado por la SCJN, una vez que el pasado 03 de octubre declaró la invalidez de la fracción I del artículo 55, y de la fracción I del artículo 201, de la Ley del Notariado para el estado de Puebla, reformados mediante decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado el 5 de marzo de 2021.

En relación a la suspensión de la función notarial por estar bajo vinculación a proceso por delito doloso grave, la SCJN consideró que esto vulnera el principio de presunción de inocencia, ya que permite la separación del cargo cuando ello solo supone la probabilidad de que pudieran haber cometido o participado en un delito, más no que sean responsables de su realización.

Antes, anuló un requisito establecido en la Ley de Búsqueda de Personas, el cual consiste en no haber sido inhabilitado como servidor público para ser titular de la Comisión de Búsqueda de Personas.