Nuevo revés de la Corte contra el Congreso poblano por Ley del Notariado
Este es el segundo revés que recibe el Congreso del Estado de Puebla en menos de una semana
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aplicó un nuevo revés al Congreso del estado y a la LXI Legislatura, pues echó abajo el requisito de ser ciudadano mexicano por nacimiento para competir por una notaría en Puebla.
Además, rechazó, también, la suspensión del cargo por ser vinculado a proceso por delito doloso grave.
Por unanimidad de votos, la SCJN declaró la invalidez de la fracción I del artículo 55, y de la fracción I del 201, de la Ley del Notariado para el estado de Puebla, reformados mediante un decreto publicado en el Periódico Oficial del Estado el 5 de marzo de 2021.
La encargada de presentar el proyecto de resolución fue la ministra Yasmín Esquivel Mossa a fin de resolver la acción de inconstitucionalidad 61/2021, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) contra ambas disposiciones, establecidas en la propuesta del gobernador Luis Miguel Barbosa Huerta.
Explicó que el requisito de ser ciudadano mexicano por nacimiento para solicitar el examen de aspirante a titular de una notaría en Puebla, se anuló debido a que el estado no está facultado para establecer algún supuesto en el que se exija tal condición para poder ocupar y ejercer cargos o funciones públicas como las de los fedatarios.
En relación a la suspensión de la función notarial por estar bajo vinculación a proceso por delito doloso clasificado como grave, Yasmín Esquivel precisó que vulnera el principio de presunción de inocencia.
Detalló que permite la separación del cargo cuando ello solo supone la probabilidad de que pudieran haber cometido o participado en la comisión de un delito, más no que sean responsables de su realización.
Destacó que el auto de vinculación a proceso no es una resolución en la que se determine la existencia del delito y menos la responsabilidad de quien tiene el carácter de imputado.
El pasado 27 de septiembre, la Corte también anuló un requisito establecido en la Ley de Búsqueda de Personas, el cual consiste en no haber sido inhabilitado como servidor público para ser titular de la Comisión de Búsqueda de Personas.
Este es el segundo revés que recibe el Congreso del Estado de Puebla en menos de una semana.
