Suma Congreso poblano 14 reveses de la SCJN por reformas ilegales
El último caso corresponde a la llamada “Ley Agnes” aprobada por los anteriores diputados, por lo que se dio un plazo de un año para modificarla
Congreso
El Congreso del Estado suma un total de 23 acciones de inconstitucionalidad presentadas en contra de las leyes aprobadas en la LX Legislatura de Puebla y el último revés lo recibió por la llamada “Ley Agnes”, por lo que tendrá un año para modificarla.
Cabe señalar que en la LIX Legislatura de Puebla, sólo se promovieron 13 controversias ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Hasta el momento el Poder Legislativo de Puebla ha recibido 14 reveses del máximo tribunal del país, que le corrigió la plana a los diputados locales y solo en cinco casos ha fallado a su favor.
La SCJN determinó que es inconstitucional la reforma aprobada al Código Civil de Puebla en materia de “identidad auto percibida”, debido a que la corrección del acta de nacimiento en el sexo y nombre solo podría hacerse a partir de los 18 años de edad.
El máximo tribunal del país consideró que se vulnera el derecho de un menor de edad a cambiar su identidad sexogenérica y nombre, por lo que estableció un periodo de un año para modificar las leyes locales y permitir estas correcciones sin importar la edad.
Reveses previos
Hay que recordar que otras correcciones que hizo la SCJN a la LX Legislatura fue por “cobros injustificados y/o excesivos por el acceso a la información” que se establecieron en 109 Leyes de Ingresos de Municipios para el ejercicio fiscal 2019.
Un año después la SCJN echó abajo el Derecho de Alumbrado Público que realizarían 60 municipios por considerar que va en contra del derecho de un ciudadano a la seguridad jurídica, así como a los principios de legalidad.
Aunque previamente la SCJN había invalidado el mismo cobro en 15 municipios de Puebla con lo que en total sumaron una corrección en las Leyes de Ingresos de 75 Ayuntamientos.
Una corrección más fue a la Ley de Desaparición Forzada por considerar que los diputados locales se excedieron en sus facultades y legislaron fuera de su competencia en un asunto que es de carácter federal estableciendo penas de cárcel.
La aprobación de la Ley de Educación fue otro de los motivos para que la CNDH promoviera una acción de inconstitucionalidad para que la SCJN invalidara nueve artículos por considerar que en esta armonización no se consideró la opinión de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, así como personas discapacitadas.
También la llamada “Ley Agnes” fue controvertida por considerar violatorio de los derechos humanos tener que esperar hasta cumplir los 18 años de edad para poder solicitar un acta de nacimiento con el nuevo género autopercibido.
Otra más fue reforma controvertida en la SCJN fue a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Estatal y Municipal, en materia de “testigos sociales” en la aprobación de licitaciones públicas.
El motivo de la queja fue que establecer como requisito no haber sido sentenciado con una pena corporal o como servidor público debido a que es un acto de discriminación excluir de este proceso a una persona que ya cumplió con su castigo.
La CNDH también presentó una acción de inconstitucionalidad en contra del Código Civil de Puebla por no reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo a pesar que a nivel federal existía un ordenamiento que validaba esta unión.
Aunque los diputados avalaron los cambios correspondientes al artículo 294 del Código Civil de Puebla antes de que la SCJN resolviera la controversia constitucional con lo que quedó sin materia y fue sobreseído el caso.
Una acción de inconstitucionalidad más fue en contra de la reforma a la Ley de Derechos, Cultura y Desarrollo de los Pueblos y Comunidades Indígenas de Puebla debido que en el proceso de aprobación no fueron consultados los directamente involucrados.
