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Hasta 26 años de cárcel por delitos sexuales

Hasta 26 años de cárcel por delitos sexuales
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El Congreso del Estado aprobó una reforma al Código Penal de Puebla para endurecer las sanciones aplicables a quienes incurran en delitos sexuales en Puebla para imponer una pena de cárcel de hasta 26 años si el ilícito es cometido por varias personas y la víctima es menor de edad.

En la última sesión del tercer periodo legislativo, la diputada por el Partido del Trabajo (PT), Mónica Lara Chávez, expuso que el acoso callejero es una conducta antisocial que lacera a las mujeres en espacios públicos y el transporte que será castigado con una pena de entre 4 a 14 años de prisión.

Subrayó que en el delito de hostigamiento sexual si la víctima es mujer la sanción se aumentará desde una tercera parte de la mínima y hasta dos terceras partes de la máxima.

Agregó que el agresor se sujetará a un tratamiento integral para su reeducación y sensibilización conforme a las medidas establecidas en la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de Puebla.

Destacó que se incrementó el castigo para quienes hagan ejecutar un acto erótico sexual, sin su consentimiento, mediante consentimiento viciado o que obligue a la víctima a observarlo, se impondrán seis a diez años y multa de doscientas Unidades de Medida y Actualización (UMA).

Precisó que si la víctima es menor de catorce años o tuviera alguna incapacidad para oponer resistencia y se presumirá la existencia de violencia la sanción será de seis a trece años de prisión y multa de quinientas UMAS y se aumentará “otro tanto igual” si el delito es cometido con intervención de dos o más personas.

Lara Chávez manifestó que aquellas personas que tengan conocimiento de un delito sexual y no lo denuncien a las autoridades podrían ser considerados cómplices del ilícito por lo que se harían acreedores a una pena corporal que irá de los cuatro a 14 años de prisión.