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Guerra entre Morenistas: Evangelista Alteró Gastos de Campaña de sus Compañeros

Guerra entre Morenistas: Evangelista Alteró Gastos de Campaña de sus Compañeros

Por la probable comisión de delitos electorales fueron denunciados —por candidatos de MORENA en el interior del estado— el diputado electo Carlos Alberto Evangelista Aniceto, responsable de ese partido en Puebla, y Alfonso Javier Bermúdez Ruiz, representante morenista ante el Consejo General del Instituto Electoral del Estado (IEE).

La denuncia fue interpuesta el pasado 6 de agosto ante la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales (FEPADE).
Según el documento, en poder de quien esto escribe, los denunciados —entre los que incluyeron a Mario Delgado y Citlali Hernández, presidente y secretaria general de MORENA— utilizaron “documentación fiscalizable de los gastos de campaña” de los candidatos, “alterando de manera dolosa el costo de los gastos que erogaron durante el periodo de 4 de mayo al 2 de junio de 2021”.
Dicha documentación alterada fue reportada posteriormente al Instituto Nacional Electoral (INE), lo que derivó en la acreditación del rebase del tope de gastos.
En la denuncia también se lee que, contrario a los informes de gastos de campaña reportados por los sujetos activos, “en ningún momento se rebasó el tope de gastos de campaña fijado por el IEE. Por el contrario, se tuvo una debida diligencia y cuidado en torno a los gastos erogados (…) para el efecto de no cometer infracciones a las normas de fiscalización en materia electoral aplicables”.
Los “sujetos activos” —Evangelista y Bermúdez— alteraron la información proporcionada para “el efecto de atribuir gastos de campaña que en ningún momento fueron erogados. (…) Aunado a ello, las manifiestas conductas evasivas desplegadas por el partido político de no proporcionar información en torno a los gastos que fueron reportados a la autoridad competente acreditan su dolosa forma de proceder en el caso concreto”.
Hay que decir que, de conformidad con el tipo penal previsto por el artículo 9, fracción IX de la Ley General, se impondrán de cien a doscientos días multa y prisión de dos a seis años, al funcionario partidista que altere la información que le sea legalmente requerida por la autoridad competente.
Por su parte, la fracción X del tipo penal invocado establece que la sanción referida se impondrá al funcionario partidista que utilice facturas o documentos comprobatorios de gastos de partido o candidato, alterando el costo real de los bienes o servicios prestados.
Los denunciantes, pues, han solicitado a la FEPADE que pueda acreditar la alteración de la documentación fiscalizable que MORENA utilizó “para el efecto de reportarla en el Sistema de Fiscalización Integral y atribuir gastos ajenos a la realidad de los erogados durante las campañas electorales”.
Un último punto subrayado por los denunciantes es más que elocuente:
“De la resolución emitida por el Instituto Nacional Electoral se establece que la irregularidad del rebase en el tope de gastos de campaña se generó por consecuencia de los informes que el partido político Morena, por conducto de la Comisión Nacional de Elecciones, Comité Ejecutivo Nacional y Secretaría de Finanzas reportó a dicha autoridad fiscalizadora”.
Ufff.
Kramer contra Kramer a todo lo que da.