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Mauricio Toledo se salva de desafuero

Ello, debido a que no se cumplió con el requisito de mayoría absoluta en la Sección Instructora.

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La Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados informó a la Junta de Coordinación Política que no procede la discusión del desafuero del diputado del Partido del Trabajo (PT) Mauricio Toledo, debido a que no se cumplió con el requisito de mayoría absoluta en la Sección Instructora.

“El análisis de la revisión del dictamen respecto del desafuero del diputado Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez para determinar si éste cumple con la normatividad aplicable para su procesamiento ante el Pleno de la Cámara. Lo anterior de conformidad con lo acordado el día de ayer en la Junta de Coordinación Política.

“En dicho documento, el cual se anexa, se establece que, derivado de la revisión del expediente, no se cuenta con la votación mínima requerida para su tramitación, de conformidad con el artículo 45, numeral 7 de la Ley Orgánica del Congreso”, apuntó la Mesa Directiva en un comunicado.

Por su parte, el presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), Ignacio Mier Velazco, señaló que el caso está en revisión por dudas en la votación, ya que de los cuatro integrantes que conforman la Sección Instructora, los dos morenistas, Martha Patricia Ramírez y Pablo Gómez, votaron a favor; la petista, Mary Carmen Bernal Martínez, en contra; y la priísta, Claudia Pastor Badilla, en abstención, lo que generó controversia sobre la validez.

“Respecto al expediente SI/LXIV/DP/01/2021, instaurado en contra del Dip. Mauricio Alonso Toledo Gutiérrez, la Presidencia de la Mesa Directiva advirtió que no cuenta con la votación mínima requerida para su tramitación, en términos de lo dispuesto por el artículo 47, numeral 7, segundo párrafo de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos y por lo tanto no puede pasar al Pleno para su tramitación.

“Este asunto en particular fue recibido por la Mesa Directiva emitiendo un comprobante de su recepción y reservándose la expedición del acuse correspondiente y la tramitación del mismo hasta en tanto no se realizarán las consultas al Poder Judicial de la Federación, respecto a su procedencia, derivado de que sobre él recae una suspensión definitiva otorgada por una Jueza Federal y cuyo desconocimiento resultaría violatorio de la Ley de Amparo. Al momento, dicha consulta aún se encuentra pendientes de resolución”.

Con información de Aristegui Noticias