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Concesión del agua en Puebla violaría 12 artículos constitucionales

Concesión del agua en Puebla violaría 12 artículos constitucionales

Concesión del agua en Puebla violaría 12 artículos constitucionales
Samantha Páez
La concesión del agua en Puebla violaría por lo menos 12 artículos constitucionales, entre los que se encuentran el 6 y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, donde se establece que toda licitación debe ser pública, por lo cual la confidencialidad de la licitación y contrato para el servicio de agua en el estado es inconstitucional. También se estaría violentando el 17, donde se dice que los bienes de la nación sólo pueden ser concesionados por el Ejecutivo federal, y el 28, que va en contra de la creación de monopolios. 
En una rueda de prensa, el abogado, Gilberto Montalvo González, dio a conocer que el proceso de concesión del servicio de agua, que fue publicado el 13 de septiembre en el Periódico Oficial del Estado por el gobernador, Rafael Moreno Valle Rosas, violaría por lo menos 12 artículos constitucionales, de los cuales, el más importante es el derecho humano al agua, como se establece en el artículo 1 de la Carta Magna.
Asimismo, con la negativa de las juezas primera, séptima y décima de distrito para otorgar la suspensión definitiva del proceso de licitación se estaría faltando también al artículo 1, en la parte donde se indica que es deber del Estado prevenir las violaciones a Derechos Humanos, como es en este caso el derecho al agua. 
Otra de las inconstitucionalidades en que incurre la concesión del agua es que la licitación no es pública, pues tiene una apartado de confidencialidad donde se obliga a los participantes a "guardar absoluta confidencialidad respecto a sus documentos y cualquier otra información de que se alleguen". Lo cual contraviene el artículo 6, que enuncia: "Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal y municipal, es pública y sólo puede ser reservada temporalmente por razones de interés público en los términos que fijen las leyes (sic)", pero en el caso de licitaciones no aplicaría la reserva.
De igual forma, la concesión de bienes de la nación, como es el agua, es atribución del Ejecutivo federal, es decir, del presidente, Enrique Peña Nieto, según mandata el artículo 27 de la Constitución Mexicana, por lo cual el gobierno poblano no puede ofrecer el servicio de agua.
Ante esta situación, Montalvo González, llamó a la diputada perredista, Roxana Luna Porquillo, a que promueva un punto de acuerdo donde se exhorte al Ejecutivo federal a interponer una controversia constitucional por "violación de competencias", pues el gobernador se estaría atribuyendo una facultad que es federal. Esta controversia tendría una vigencia desde hoy hasta el momento en que la empresa que obtenga la concesión emita los recibos de cobro. 
El artículo 28, que se refiere a las prácticas monopólicas, sería violado también, puesto que una sola empresa puede ser la que maneje por 30 años el servicio de agua, un "artículo de consumo necesario", como establece la ley. 
Por este motivo, el litigante que representa a la Asamblea Social del Agua, apuntó que continuará promoviendo amparos y recursos para frenar la privatización del líquido, así como para que se haga pública la licitación con la cual se pretende concesionar el servicio.

La concesión del agua en Puebla violaría por lo menos 12 artículos constitucionales, entre los que se encuentran el 6 y la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, donde se establece que toda licitación debe ser pública, por lo cual la confidencialidad de la licitación y contrato para el servicio de agua en el estado es inconstitucional. También se estaría violentando el 17, donde se dice que los bienes de la nación sólo pueden ser concesionados por el Ejecutivo federal, y el 28, que va en contra de la creación de monopolios.

En una rueda de prensa, el abogado, Gilberto Montalvo González, dio a conocer que el proceso de concesión del servicio de agua, que fue publicado el 13 de septiembre en el Periódico Oficial del Estado por el gobernador, Rafael Moreno Valle Rosas, violaría por lo menos 12 artículos constitucionales, de los cuales, el más importante es el derecho humano al agua, como se establece en el artículo 1 de la Carta Magna.

Asimismo, con la negativa de las juezas primera, séptima y décima de distrito para otorgar la suspensión definitiva del proceso de licitación se estaría faltando también al artículo 1, en la parte donde se indica que es deber del Estado prevenir las violaciones a Derechos Humanos, como es en este caso el derecho al agua.

Otra de las inconstitucionalidades en que incurre la concesión del agua es que la licitación no es pública, pues tiene una apartado de confidencialidad donde se obliga a los participantes a "guardar absoluta confidencialidad respecto a sus documentos y cualquier otra información de que se alleguen". Lo cual contraviene el artículo 6, que enuncia: "Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo federal, estatal y municipal, es pública y sólo puede ser reservada temporalmente por razones de interés público en los términos que fijen las leyes (sic)", pero en el caso de licitaciones no aplicaría la reserva.

De igual forma, la concesión de bienes de la nación, como es el agua, es atribución del Ejecutivo federal, es decir, del presidente, Enrique Peña Nieto, según mandata el artículo 27 de la Constitución Mexicana, por lo cual el gobierno poblano no puede ofrecer el servicio de agua.

Ante esta situación, Montalvo González, llamó a la diputada perredista, Roxana Luna Porquillo, a que promueva un punto de acuerdo donde se exhorte al Ejecutivo federal a interponer una controversia constitucional por "violación de competencias", pues el gobernador se estaría atribuyendo una facultad que es federal. Esta controversia tendría una vigencia desde hoy hasta el momento en que la empresa que obtenga la concesión emita los recibos de cobro.

El artículo 28, que se refiere a las prácticas monopólicas, sería violado también, puesto que una sola empresa puede ser la que maneje por 30 años el servicio de agua, un "artículo de consumo necesario", como establece la ley.

Por este motivo, el litigante que representa a la Asamblea Social del Agua, apuntó que continuará promoviendo amparos y recursos para frenar la privatización del líquido, así como para que se haga pública la licitación con la cual se pretende concesionar el servicio.