Derogación del artículo 118 bis es un engaño: Morena
Integrantes del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) denunciaron que la derogación del artículo 118 bis de la Ley del Agua es un engaño, debido a que de todas formas los legisladores aprobarán las tarifas que determine la empresa concesionaria, pues en el 117 de la misma ley se estipula que sólo el prestador de servicios podrá fijar la estructura tarifaria para la prestación del servicio de agua.
En un comunicado, Ana Laura Martínez Escobar y René Sánchez Galindo, representantes de Morena, compartieron que la derogación del artículo 118 bis de la Ley del Agua representa un engaño a la ciudadanía poblana, porque pretenden hacer creer que será el Congreso el que fije las tarifas, cuando en realidad éste sólo va a aprobar (levantar la mano) las tarifas que determine el prestador del servicio.
Esto debido a que en el artículo 117 de la citada ley se establece: “La Estructura Tarifaria para el cobro de los derechos, de los productos y de las contribuciones de mejoras previstas en el Capítulo anterior de esta Ley, será determinada por el Prestador de Servicios Públicos correspondiente y aprobada por el Congreso del Estado, atendiendo a los diferentes tipos de Usuarios, a los usos y a los rangos de consumo que se definan de conformidad con lo previsto por esta Ley (sic)”.
Asimismo, apuntaron que en el artículo 18 de la Ley del Agua del Estado de Puebla, avalada el pasado 11 de septiembre, se estipula que la participación de los concesionarios en la actualización de tarifas y cuotas será la que le corresponde en términos del título de concesión.
También que la propuesta de que los adeudos serán tomados como créditos fiscales sigue en pie, ya que en el artículo 119 se dice: “El Prestador de Servicios Públicos es autoridad fiscal con facultades económico-coactivas para determinar, comprobar, recaudar y cobrar el importe que por concepto de derechos, productos y contribuciones de mejoras le corresponda. Los adeudos de los Usuarios derivados de los conceptos antes señalados serán considerados créditos fiscales y en consecuencia corresponderá a cada Prestador de Servicios Públicos por sí, o a través de sus autoridades fiscales competentes, proceder a su cobro por la vía administrativa de ejecución prevista en esta Ley y en las leyes fiscales aplicables (sic)”.
Ante esta situación, Martínez Escobar y Sánchez Galindo, relataron que continuarán luchando en contra de la privatización del agua por las vías legales, pues interpusieron, como muchas otras organizaciones, amparos contra dicha norma.
