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TEEP salva a Augusta Díaz de Rivera y amonesta a excandidato de Tlahuapan por violencia política

Alberto Roa Benítez ejerció violencia política de género en contra de la excandidata del PRI, Rosiceli Díaz

Augusta Díaz y Alberto Roa, dirigente estatal del PAN y excandidato del PT y Partido Verde, respectivamente

Augusta Díaz y Alberto Roa, dirigente estatal del PAN y excandidato del PT y Partido Verde, respectivamente

El Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) determinó que el excandidato del PT y Partido Verde, Alberto Roa Benítez, ejerció violencia política de género en contra de la actual presidenta municipal de Tlahuapan, Rosiceli Díaz Hernández, en la pasada contienda electoral.

Así lo declaró este viernes al resolver el asunto especial TEEP-AE-065/2024 promovido por la excandidata del PRI, quien denunció a su contrincante por violencia política contra las mujeres en razón de género por diversos señalamientos que hizo en una entrevista transmitida en la red social Facebook.

A juicio de la magistrada Norma Angélica Sandoval Sánchez, las expresiones de Alberto Roa se encuentran basadas en elementos de género, pues invisibilizaron a Rosiceli Díaz, reproduciendo un estereotipo que buscaba deslegitimar los logros obtenidos por la entonces candidata.

La sanción para Roa Benítez consiste en una amonestación pública. Además, se le ordenó llevar a cabo medidas de reparación a favor de la priista.

“Al colmarse todos los elementos es que se propone al Pleno declarar la existencia de violencia política de género e imponer la sanción y medidas de reparación”, se resolvió.

Augusta Díaz de Rivera no ejerció violencia política contra Paola Angon

Por otro lado, el TEEP declaró que la dirigente estatal del PAN, Augusta Díaz de Rivera Hernández, no ejerció violencia política de género en contra de la expresidenta municipal de San Pedro Cholula, Paola Angon Silva.

La exalcaldesa denunció a su dirigente después de que amagó con expulsarla del Partido Acción Nacional porque supuestamente había operado a favor de la excandidata de Morena, Tonantzin Fernández Díaz.

Por unanimidad de votos, el Pleno determinó que las expresiones realizadas por Augusta Díaz de Rivera no configuran calumnia ni violencia política en contra de la mujer en razón de género ni se hicieron con la finalidad de desprestigiar o afectar el ejercicio del cargo de Paola Angon.