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Da Congreso de Puebla a la Secretaría de Movilidad control de grúas y corralones

Habrá un inventario de servicios para evitar malas prácticas y abusos en los servicios de grúas en los ayuntamientos

Movilidad y Transporte

Movilidad y Transporte

La Secretaría de Movilidad y Transporte de Puebla será la única facultada para otorgar permisos o concesiones de los servicios de grúas y corralones para evitar malas prácticas y abusos en los ayuntamientos; además, hará un inventario de los servicios.

Esto fue aprobado este viernes por el Congreso de Puebla a propuesta del gobernador Sergio Salomón Céspedes Peregrina, quien envió una iniciativa de reforma a la Ley del Transporte.

Las tarifas por el servicio de arrastre van de 631 a mil 57 pesos; por abanderamiento y custodia, de 60 a 719 pesos, y por el servicio de salvamento, los precios van de mil 456 a 2 mil 509 pesos.

Asimismo, las reformas a la Ley del Transporte prohíben colocar, fijar, pintar o adherir propaganda electoral de partidos y personas candidatas o precandidatas, así como aquella que contenga imagen, nombre, símbolos, siglas o elementos que induzcan a la persona a saber que se trata de determinado candidato o candidata a un cargo de elección popular en los vehículos del transporte público, mercantil o de los servicios auxiliares de arrastre y salvamento.

Actualmente, esta prohibición está establecida en el Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla desde 2020 a propuesta del entonces gobernador Miguel Barbosa Huerta.

El objetivo de las reformas es fortalecer la regulación y control de los servicios auxiliares del transporte para garantizar mayor seguridad y combatir abusos en los servicios de grúas y corralones.

Señala la necesidad de establecer de forma expresa la facultad exclusiva de la Secretaría de Movilidad para otorgar permisos o concesiones de los servicios de arrastre, salvamento y depósito de vehículos, así como la posibilidad de celebrar convenios de coordinación con los ayuntamientos para autorizar estos servicios.

Se especifica que los ayuntamientos se sujetarán a las políticas, programas, metodologías y sistemas que establezca la dependencia estatal para la asignación, control y vigilancia de los servicios auxiliares, la estandarización de documentos, inventarios y demás que se elaboren respecto de los vehículos que deban ser arrastrados y la sujeción y cumplimiento de las tarifas autorizadas.

La concesión que entregue la Secretaría de Movilidad para el servicio auxiliar de depósito de vehículos, tendrá una vigencia indeterminada, siempre y cuando se encuentre al corriente en sus obligaciones, además de que estarán sujetas a refrendo anual.