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Suprema Corte responde la carta de María Alcalde; gobernación no puede intervenir en salarios de ministros

"Ni el poder Ejecutivo ni el Legislativo tienen facultades para exigir que cumplan con el artículo 127 de la Constitución"

Suprema Corte responde la carta de María Alcalde; gobernación no puede intervenir en salarios de ministros

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dio a conocer que ni el poder Ejecutivo ni el Legislativo tienen facultades para exigir que cumplan con el artículo 127 de la Constitución, en donde se establece que ningún funcionario puede ganar más que el presidente de la República.

Esto como respuesta de una carta enviada a la SCJN por parte de la secretaría de Gobernación, Luisa María Alcalde.

La Corte detalló que Ley Orgánica de la Administración Pública Federal es vinculante únicamente para las dependencias y entidades que la integran, pues resaltó que en la Constitución se establece la división de poderes. 

De acuerdo con el máximo tribunal, se destacó que el salario de ministros de la Suprema Corte, magistrados de circuito, jueces de distrito, consejeros de la Judicatura Federal y magistrados electorales, no puede ser reducido durante su cargo, tal y como lo establece el artículo 94 constitucional. 

“Nada impide que en  el ejercicio de su independencia y autonomía de gestión presupuestal, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ejerza una autorregulación de las remuneraciones de sus integrantes bajo los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez que la propia Constitución establece”, se lee en un comunicado.

Cabe recordar que el Pleno de la SCJN ya ha acordado que las remuneraciones de 11 ministros serán disminuidas en un 25% esto en comparación a la remuneración percibida en el ejercicio fiscal de 2018. 

Para finalizar, se destacó que, los ingresos de los magistrados y jueces del Poder Judicial de la Federación serán revisados y en caso de ser requeridos también publicados, pero no se les podrá hacer ninguna disminución del mismo. 

“Se declaró la invalidez de diversos artículos de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, ya que el Poder Legislativo no establece parámetros objetivos para fijar remuneraciones que garanticen las características que exige dicho numeral constitucional, empezando por el Presidente de la República, lo que influye en todo el sistema de remuneraciones, porque es referente máximo para la determinación del resto de salarios del servicio público”.