Tribunal Electoral planea desechar juicio de César Huerta, exsecretario del IEE
El exsecretario ejecutivo del IEE impugnó su destitución ante el TEPJF y acusó violación a su presunción de inocencia
Cesar Huerta Mendez
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) planea desechar el juicio que promovió el ex secretario ejecutivo del Instituto Electoral del Estado (IEE) César Huerta Méndez, en contra de su destitución.
La Sala Superior publicó el proyecto de resolución del juicio SUP-JDC-132/2023, mediante el cual Huerta Méndez impugnó el fallo del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), que a su vez confirmó la negativa del IEE de ratificarlo como titular de la Secretaría Ejecutiva del organismo.
El 21 de diciembre de 2022, el Consejo General del IEE aprobó la no ratificación del funcionario y dio por terminada la relación laboral.
Inconforme con esa decisión, Huerta Méndez impugnó el acuerdo ante el tribunal local alegando que fue ilegal, pero no tuvo éxito. En consecuencia, promovió un juicio ante la Sala Regional Ciudad de México del TEPJF, sin embargo, será la Sala Superior la que resolverá la impugnación.
César Huerta acusa ilegalidad en su destitución
En su defensa, el exsecretario argumentó que se vulneró la exacta aplicación de la ley, la seguridad jurídica, legalidad, congruencia y subordinación jerárquica. Además, acusó omisión en la interpretación de la ley, violación a su garantía de audiencia y falta de fundamentación y motivación.
Sin embargo, a juicio del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, quien presentará el proyecto de resolución al pleno de la Sala Superior, el TEEP sí hizo la interpretación que solicitó Huerta Méndez y concluyó que no existían dos normas en conflicto, sino que la posibilidad de iniciar el procedimiento de ratificación en el cargo se realizó conforme a la Constitución.
Asimismo, consideró que el tribunal sí analizó los agravios planteados por el exsecretario, como la presunta vulneración a su estabilidad en el empleo.
“Ante esta instancia, el actor reitera la inaplicabilidad del método previsto para la designación al procedimiento de ratificación y la falta de fundamentación y motivación para justificar el plazo de 24 horas que se le dio para atender las observaciones a su gestión, pero sin confrontar lo señalado por el Tribunal local”, se lee en el proyecto de sentencia.
El asunto se resolverá en la sesión pública de la Sala Superior programada para el próximo miércoles 3 de mayo a las 12:00 horas.
