4 años de cárcel y multa de 19 mil pesos a quien opere clínicas clandestinas contra adicciones
El personal de estos lugares debe demostrar que es especialista en materia de salud mental y adicciones
En el estado de Puebla se interpondrán 4 años de cárcel y multas de 19 mil 324 pesos a quienes ofrezcan servicios de atención a la salud mental y adicciones en lugares clandestinos, los cuales no cumplan con la normatividad.
El congreso del estado aprobó la reforma al artículo 258 Bis del Código Penal del Estado, la cual prevé evitar el funcionamiento ilegal de los anexos en Puebla.
Durante el punto de acuerdo, los legisladores votaron por mayoría a favor de la reforma enviada por el gobernador Luis Miguel Barbosa Huerta, la cual obtuvo apenas 4 abstenciones.
La reforma permite interponer de uno a cuatro años de prisión, además de una multa de 50 a 200 UMAS, es decir, de 4 mil 831 pesos y hasta los 19 mil 324 pesos, al responsable o encargado del establecimiento que preste servicios de atención a la salud mental o adicciones (anexos) sin contar con el permiso requerido.
Asimismo, se aplicarán estas multas a los dueños de anexos que operen sin contar con el registro de Instituciones Especializadas ante la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic).
La nueva reforma obliga a quienes operan los anexos clandestinos a actuar con un enfoque de derechos humanos y perspectiva de género, además de que deberán someterse a cursos de capacitación sobre sus actividades.
También se deberá contar con cédula y título profesionales como médica o médico, psicóloga o psicólogo, psiquiatras y, en su caso, certificados de especialización vigente en materia de salud mental, expedidos y registrados por las autoridades educativas competentes.
El personal de estos lugares debe demostrar que es especialista en materia de salud mental y adicciones.
