Examen práctico para obtener licencia para conducir será obligatorio
El Senado de la República aprobó la nueva Ley General de Movilidad y Seguridad Vial
Periferico Ecologico Transito
Con la aprobación, por unanimidad, de la Ley de General de Movilidad y Seguridad Vial en el Senado de la República, fueron integrados al proyecto los cambios propuestos por la Cámara de Diputados, entre los que destaca la acreditación de un examen práctico para obtener la licencia para conducir.
La presidente de la Comisión de Zonas Metropolitanas y Movilidad, Patricia Mercado, explicó que con esta ley se busca generar las condiciones para reducir el número de muertes en incidentes de tránsito.
El objetivo primordial de esta ley es salvaguardar la vida de los peatones, quienes son los primeros en la pirámide de movilidad. Estos son algunos de los cambios que habrá en el país, con respecto a la movilidad y la seguridad vial:
- Habrá alcoholímetro en todo el país y los automovilistas no podrán conducir con un grado de alcoholemia superior a 0.25 miligramos en aire espirado o 0.05 gramos por decilitro en sangre.
- Todas aquellas personas que sean sorprendidas bajo la influencia de alcohol, drogas, psicotrópicos o estupefacientes mientras conducen perderán su licencia por lo menos durante un año.
- El uso del celular también queda prohibido, es decir, no se podrá hablar, contestar mensaje de texto o leerlos, al menos que se realice mediante el uso de manos libres.
- La licencia para conducir también tendrá modificaciones, habrá un examen que se deberá acreditar, será teórico y práctico. En el caso de las personas con discapacidad, el examen se hará de forma accesible. Es importante destacar que la vigencia de la licencia será solo de 5 años.
- En cuanto a los límites de velocidad, será de 30 kilómetros por hora en calles secundarias y terciarias; 50 kilómetros por hora en avenidas primarias sin acceso controlado; 80 kilómetros por hora en carriles centrales de avenidas de acceso controlado, y 80 kilómetros por hora en carreteras estatales fuera de zonas urbanas.
En el caso de la capital del estado de Puebla, estos límites se encuentran aprobados por el Cabildo y publicados en el Código Reglamentario Municipal (Coremun), en el que se especifica las velocidades permitidas al circular en la ciudad de Puebla.
