Clasifican violencia digital para proteger a mujeres
Nora Merino afirmó que la clasificación de "la violencia digital" pondrá un alto a la difusión, sin consentimiento, de material de audio o video.
La diputada por el Partido Encuentro Social (PES), Nora Merino Escamilla, afirmó que la clasificación de "la violencia digital" pondrá un alto a la difusión, sin consentimiento, de material de audio o video que denigre la imagen de una mujer en internet.
Señaló que, en comisiones, fue aprobada una reforma al artículo 23 de la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establece que toda acción que atente contra la integridad, la intimidad, la libertad o la vida privada de una fémina serán castigadas.
Explicó que se considerará violencia digital compartir mensajes de odio o divulgación de información, textos y publicación de fotografías, videos, impresiones gráficas o sonoras, verdaderos, falsos o alterados, sin importar que no se trate de contenido sexual.
"Hablamos de cualquier contenido violento y no solo de contenido intimo sino de cualquier tipo de violencia a través de imágenes, audios o videos, por ejemplo, cuando una mujer está hablando por teléfono y es grabada para después usar el audio editarlo y exhibir como se expresa".
Merino Escamilla enfatizó que con estos cambios se irán fortaleciendo el marco normativo de Puebla, garantizará la seguridad de las mujeres en internet y se tendrá la certeza que se aplicarán penas corporales que irán de seis meses hasta 60 años de prisión, en caso que esta conducta derive en el delito de feminicidio.
