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Suficiente que acoso callejero se califique como falta administrativa

Suficiente que acoso callejero se califique como falta administrativa

El presidente de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, Víctor León Castañeda, consideró suficiente que se califique como una falta administrativa el acoso callejero en Puebla.

En entrevista, dijo que no existen las condiciones para que se realice una reforma al Código Penal de Puebla para tipificar como delito esta conducta antisocial que se comete en espacios públicos.

Estimó que los municipios podrían incluir en su Código Reglamentario Municipal (COREMUN) está falta administrativa como lo es consumir bebidas embriagantes en vía pública o manejar en estado de ebriedad.

"Yo lo veo más como una falta administrativa en este momento, pero con la reserva de conocer los argumentos que pudiera esgrimir el ayuntamiento (…) Es una medida administrativa, como el caso de un conductor los que ingieren bebida alcohólica lo arrestan 36 horas, es una medida preventiva que sí tiene sentido y no es letra muerta".

León Castañeda consideró que el arresto por 36 horas o la aplicación de una multa económica de 2 mil 450 pesos a quién lance un piropo, silbido o realice miradas lascivas a una mujer por el momento es suficiente.

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