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Legales las infracciones impuestas a UBER por cobrar su servicio en efectivo

Legales las infracciones impuestas a UBER por cobrar su servicio en efectivo

Las infracciones impuestas a las unidades de UBER que cobran su servicio en efectivo están perfectamente sustentadas en la ley por lo que un amparo no podría echarlas abajo, aseguró el diputado presidente de la Comisión de Transporte en el Congreso, Julián Rendón Tapia.

Señaló que la Ley de Transporte es muy clara y establece que el servicio de transporte ejecutivo debe ser solicitado a través de la plataforma digital y su pago debe hacerse con medios electrónicos.

Cuestionado sobre la postura de algunos choferes de unidades de UBER que han señalado un abuso de los agentes de la Secretaría de Infraestructura y Transporte (SIT) y que el artículo citado en la infracción es inexistente, respondió que el artículo 12 Bis fija las reglas de operación de este servicio.

“Si te pones a revisar bien la infracción te ponen el artículo 12 bis, entonces sí está bien planteada la infracción y así va seguir no es un tema a discusión. A veces las leyes tienen lagunas o se prestan a apreciaciones y cada jurista interpreta de una forma diferente la ley, hay muchos casos que así se dan pero en este no hay lugar a duda”.

Sobre la posibilidad de que los concesionarios de UBER presenten una serie de amparos en contra de estas infracciones, estimó que están su derecho de promover las acciones jurídicas que consideren, sin embargo, sentenció que no hay forma de que evadan la ley.