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TEPJF desecha dos quejas contra Sigamos Adelante, aunque acepta una

TEPJF desecha dos quejas contra Sigamos Adelante, aunque acepta una

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó amonestar a los partidos políticos que conformaron la alianza Sigamos Adelante, por calumniar, sin fundamento, a la candidata por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), Blanca Alcalá Ruiz, mediante un spot de radio y televisión.

Tras el análisis de la queja SER-PSC-75/2016 promovida por el PRI, el magistrado, Clicerio Coello Garcés, afirmó que los partidos de la alianza referida recurrieron a la calumnia al no tener pruebas sobre los señalamientos que se hicieron a la priista en el spot “Así es Blanca, no tan blanca”, que se transmitió tanto en radio como en televisión.

El magistrado explicó que en este material, pautado ante la autoridad electoral, no sólo se cuestionó el incremento patrimonial de Alcalá Ruiz, sino que además se planteó la posibilidad de que la senadora con licencia haya incurrido en algún momento en conductas delictivas.

“Existe una imputación de conductas delictuosas sin sustento probatorio alguno, en razón de que de un análisis integral de los mismos se advierte que no sólo están dirigidos a realizar una serie de cuestionamientos sobre el incremento del patrimonio de la (ex) candidata, sino que plantean la posibilidad de que el mismo pueda derivarse o provenir de conductas delictuosas, dada la supuesta discrepancia entre el número de inmuebles que presuntamente posee y su sueldo como funcionaria pública”, señaló.

La queja presentada por el PRI fue por calumnia, violencia de género y por uso indebido de la pauta. Los dos últimos fueron desechados por los magistrados de este tribunal por lo que la sanción, al Partido Acción Nacional (PAN), Partido Nueva Alianza (Panal), Compromiso por Puebla (CPP), Partido del Trabajo (PT) y Pacto Social de Integración (PSI), se dictaminó sólo aplicar esta sanción por calumnias.