Convocan a sesión extraordinaria para avalar primeros cambios a Ley Anti Bronco
Los integrantes de la Comisión Permanente de la LIX Legislatura convocaron a una sesión extraordinaria para aprobar los cambios a la Ley Electoral de Puebla, en apego a la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Los legisladores locales turnaron al pleno del Poder Legislativo la propuesta presentada por el Partido Acción Nacional (PAN), y avalada por la Junta de Gobierno y Coordinación Política para su aprobación.
Este documento propuso incrementar a 30 días el plazo para que un ciudadano pueda recabar y entregar el porcentaje de firmas requerido para lograr una candidatura independiente en Puebla.
El argumento para la ampliación de este periodo de 20 a 30 días fue fundamentado en la necesidad de ofrecer el tiempo necesario para que un aspirante a candidato independiente solicite el apoyo ciudadano, y cumpla con los requisitos establecidos en la Ley Electoral de Puebla.
Con este ajuste impulsado por la bancada albiazul se triplicó el tiempo de precampaña para los independientes, a diferencia de los candidatos con partido político, quienes únicamente tendrán diez días para promocionar sus imágenes y presentar sus propuestas a los ciudadanos.
Hay que recordar que el pasado 22 de agosto de 2015, los diputados de Puebla aprobaron una serie de cambios al Código Electoral, estableciendo el 3 por ciento de firmas del padrón electoral como parámetro para lograr una candidatura independiente, a diferencia de otros estados donde se fijó el 2 por ciento.
También, determinó un plazo de 10 a 20 días a los aspirantes para recabar y entregar las firmas de apoyo, así como presentar físicamente en los Consejos Distritales del Instituto Nacional Electoral (INE) a las personas para ratificar su respaldo.
Además, aprobaron que trascendiera el secretario Ejecutivo del Instituto Electoral del Estado (IEE) al Órgano Público Local Electoral (OPLE), y su permanencia hasta por siete años en el cargo sin que los nuevos consejeros pudieran proponer otro perfil.
Un ajuste más fue establecer en 10 días el periodo de precampañas de los candidatos a un cargo de elección popular, y que estas actividades concluyeran tres días antes del arranque oficial de la campaña política.
Las impugnaciones presentadas por partidos políticos prosperaron en la SCJN y sus magistrados determinaron invalidar algunos artículos reformados del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Puebla (Coipeep), por considerarlos "excesivos, desproporcionados y restrictivos”.
La primera modificación invalidada fue el periodo de las precampañas que se había establecido en 10 días, debido a que resultaba muy corto el tiempo para que los ciudadanos conocieran las propuestas de los aspirantes a un cargo de elección popular.
Asimismo, los magistrados establecieron que el 3 por ciento de las firmas requeridas para lograr una candidatura independiente corresponderá al listado nominal, y no al padrón electoral, reduciendo el total de rúbricas para alcanzar una postulación.
Asimismo, la SCJN ordenó a los diputados precisar que serán 20 los días para recolectar y presentar ante la autoridad las firmas requeridas por la Ley Electoral, para acceder a competir en un proceso electoral sin la necesidad de estar afiliado a un partido político, sin embargo, los diputados acordaron aumentar 10 días más.
También, eliminó la obligatoriedad de presentar físicamente en las oficinas del INE a quienes apoyen a un ciudadano para que ratifiquen su firma para que alcance una candidatura independiente.
