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Corrige SCJN al Congreso: Partidos nuevos sí podrán coaligarse

Corrige SCJN al Congreso: Partidos nuevos sí podrán coaligarse

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) corrigió la plana al Congreso del Estado, al declarar inconstitucional la prohibición para que los partidos políticos de reciente creación puedan coaligarse o postular una candidatura común en Puebla.

En la sesión del máximo tribunal del país, los magistrados determinaron echar abajo los párrafos primero y tercero del artículo 41 del Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Puebla (Coipeep), que fueron impugnados por el Partido Revolucionario Institucional (PRI).

La resolución de los magistrados de la SCJN señaló que los diputados locales se excedieron en la reglamentación, puesto que no tienen facultades para normar a los partidos políticos nacionales, incluidos los de reciente creación, e impedirles que puedan concretar una alianza electoral.

El fallo de la Corte estableció que esta prohibición quedaría sin efectos para las fuerzas políticas, como el Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y el Partido Encuentro Social (PES), puesto que los dos ya contendieron en el pasado proceso federal de este año.

Hay que recordar que el PRI, Morena y el Movimiento Ciudadano (MC) presentaron recursos de inconstitucionalidad en contra de las reformas al Coipeep, por considerar excesivos los candados impuestos a las candidaturas independientes y otros ordenamientos en materia electoral de Puebla.

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