Otorga IMSS pensión por viudez hasta en 12 días hábiles
Para solicitarla se debe comprobar la existencia del matrimonio, o en su caso, del concubinato conforme a la normatividad aplicable
IMSS
La pensión de viudez es una prestación económica que otorga el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a la muerte de una persona asegurada o pensionada, en los siguientes casos:
- A la viuda esposa, o ante la falta de esposa, la pensión la podrá recibir la mujer con quien el asegurado o pensionado vivió durante los cinco años anteriores a su muerte (o con quien tuvo hijos), siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio.
- Al viudo esposo, y a falta de éste, al concubinario de la asegurada o pensionada fallecida, bajo las mismas consideraciones descritas en el punto anterior.
- Al viudo o viuda del mismo sexo, siempre y cuando se encontraran unidas por matrimonio con la persona asegurada o pensionada fallecida.
Para solicitar la pensión por viudez ante el IMSS, la persona viuda debe acudir de forma presencial a la ventanilla de Prestaciones Económicas en la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que corresponda su domicilio, y una vez validada la documentación, la resolución a la petición se realizará hasta en 12 días hábiles.
Las personas interesadas que tengan dudas o preguntas relacionadas con la solicitud de pensión por viudez podrán ingresar a www.imss.gob.mx/pensiones, donde encontrarán preguntas frecuentes, requisitos y documentos conforme a la normatividad vigente, así como videos tutoriales que ayudarán a preparar de una mejor forma la solicitud.
Además, se pueden comunicar al Centro de Contacto en el 800-623-23-23, marcando la opción 3 “Pensionados”, donde un representante del IMSS los atenderá.
Actualmente el IMSS tiene más de 853 mil personas pensionadas por viudez y casi 330 mil personas por viudez-orfandad, a quienes, además de recibir la prestación económica, se les proporciona asistencia médica, quirúrgica, farmacéutica, hospitalaria y prestaciones sociales.
