Matrimonio igualitario ya es legal en el estado de Veracruz
Se convierte en la 28ª entidad federativa en avalar la unión de personas del mismo sexo
Lgbt Lesbian Diversidad Sexual
El Congreso del estado de Veracruz aprobó este jueves la iniciativa de ley que avala el matrimonio de parejas del mismo sexo, con 38 votos a favor, cuatro en contras y cero abstenciones.
La iniciativa propone modificaciones a los artículos 75 del Código Civil, que resultaban discriminatorios e inconstitucionales. Veracruz se convierte así en la 28ª entidad federativa que avala el matrimonio igualitario.
Fue el diputado Ramón Díaz Ávila, del Partido del Trabajo (PT), quien el pasado 21 de enero presentó la iniciativa con Proyecto de Decreto para reformar el artículo 75, relativo a la figura jurídica del matrimonio igualitario.
Dicha iniciativa fue turnada a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales del Congreso local para su estudio, análisis y dictamen. El 5 de abril, Díaz Ávila y su homólogo Gonzalo Durán Chincoya presentaron la iniciativa para permitir el matrimonio igualitario.
Posteriormente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decretó la invalidez de los artículos 75 y 47 del Código Civil de Veracruz. El primero definía al matrimonio como “…la unión de un solo hombre y de una sola mujer que conviven para realizar los fines esenciales de la familia como institución social y civil.”
En tanto, el artículo 47 señalaba que “Los hijos de matrimonio llevarán el nombre o nombres propios que les impongan sus padres, seguidos del primer apellido del padre y del primer apellido de la madre.”
Esa determinación de la SCJN facilitó la aprobación de la iniciativa de Díaz Ávila y Durán Chincoya en el Congreso del estado de Veracruz, en favor de la diversidad sexual y los derechos de los integrantes de la comunidad LGBTTTQI+.
Ahora, matrimonio y concubinato en Veracruz se definen de la siguiente manera: “la unión de dos personas a través de un contrato civil, que, en ejercicio de su voluntad, deciden compartir un proyecto de vida conjunto, a partir de una relación afectiva con ánimo de permanencia, cooperación y apoyo mutuo y sin impedimento legal alguno”.
