Ley de Revocación de Mandato expedida en DOF
El INE deberá tener a disposición de la ciudadanía, a más tardar el 1 de octubre, el formato impreso y los medios electrónicos de solicitud de la convocatoria al proceso de revocación de mandato para el periodo constitucional 2018-2024.
Foto: Milenio
La Ley de Revocación de Mandato fue expedida en el Diario Oficial de la Federación (DOF), entrará en vigor este miércoles, teniendo como objetivo regular y garantizar el ejercicio del derecho político de la ciudadanía a solicitar, participar, ser consultados y votar respecto a la revocación del mandato de quien resultó electo popularmente como titular de la Presidencia de la República, mediante sufragio universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible.
Para que se le dé inicio al proceso de revocación de mandato procederá, tendrá que ser a petición de las personas en un número equivalente, al menos, del tres por ciento de las inscritas en la lista nominal de electores, siempre y cuando la solicitud corresponda a por lo menos 17 entidades federativas y que representen, como mínimo, el tres por ciento de la lista nominal de electores de cada una de ellas.
Requisitos para solicitar, votar y participar en el proceso de revocación de mandato
- Tener la ciudadanía mexicana, de conformidad con el artículo 34 de la Constitución.
- Estar inscrita o inscrito en el padrón electoral.
- Contar con credencial para votar vigente expedida por el Registro Federal de Electores.
- No contar con sentencia ejecutoriada que suspenda sus derechos políticos.
La convocatoria para el proceso de revocación de mandato deberá contener, lo siguiente:
- Fundamentos constitucionales y legales aplicables, incluyendo la definición de revocación de mandato establecida en el artículo 5 de esta Ley.
- Las etapas del proceso de revocación de mandato. El nombre de la persona que ocupa la titularidad de la Presidencia de la República, quien será objeto del proceso de revocación de mandato.
- Fecha de la jornada de votación en la que habrá de decidirse sobre la revocación de mandato.
- La pregunta objeto del proceso, la cual deberá ser: ¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?
- Las reglas para la participación de las ciudadanas y los ciudadanos. Lugar y fecha de la emisión de la convocatoria.
Corresponde al Instituto Nacional Electoral (INE) vigilar y, en su caso, sancionar las infracciones a la presente Ley en los términos de la Ley General. Las decisiones podrán ser impugnadas ante la Sala Superior del Tribunal Electoral.
El INE deberá tener a más tardar el 1 de octubre, a disposición de la ciudadanía, el formato impreso y los medios electrónicos de solicitud de la convocatoria al proceso de revocación de mandato para el periodo constitucional 2018-2024.
