SCJN declara infundada la controversia del INE sobre consulta popular
Consulta para juzgar a expresidentes debe realizarse en agosto, ordena la Corte al INE
Latinus
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró infundada la controversia constitucional promovida por el Instituto Nacional Electoral (INE) en contra de la consulta popular sobre los expresidentes, eliminando así el último obstáculo legal para que este ejercicio democrático se lleve a cabo el 1 de agosto próximo.
Con ello, los ministros confirmaron la validez del Decreto por el que se expide la convocatoria de consulta popular emitida por el Congreso de la Unión y publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 28 de octubre de 2020, así como el decreto por el que se reforma el artículo primero transitorio del decreto por el que se expide la convocatoria de consulta popular, publicado en el DOF el 19 de noviembre de 2020.
El INE había impugnado ambos decretos debido a que no incluyeron ninguna previsión presupuestal que les otorgara los recursos necesarios para llevar a cabo la consulta.
En este ejercicio se someterá a la decisión del electorado una única pregunta que es: ¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?
