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Empresarios demandarían a Fonatur por caso Tajamar

Empresarios demandarían a Fonatur por caso Tajamar

Ciudad de México. Empresarios dueños de predios en Malecón Tajamar, demandarían al Fonatur, entre otras razones, por las pérdidas millonarias que han tenido que enfrentar ante la imposibilidad de iniciar las obras proyectadas en los predios que hoy son motivo de discusión y controversia a nivel nacional.

Uno de los posibles demandantes es Francisco Córdova Lira, ex presidente de COPARMEX en Quintana Roo, quien declaró haber pagado hace casi cuatro años, 38 millones de pesos por un terreno de 8 mil 500 m2, más casi medio millón de pesos para los permisos que se requieren para la construcción de condominios en la zona. Además dijo que si bien el trato original incluía encargarse del desmonte y del rescate de la fauna, el Fonatur reunió a todos los desarrolladores para que firmaran un convenio con el que aceptaban que fuera precisamente el Fondo el que se encargara del traslado de las especies animales.

En torno a la suspensión provisional que recientemente otorgó el Juez Segundo de Distrito para detener la remoción de la vegetación y el inicio de cualquier tipo de obra, el empresario cancunense comentó que sigue de cerca la información al respecto, que incluso está en contacto con el área jurídica del Fonatur y que no se prevé cancelación de las obras pactadas.

Será hasta la próxima semana cuando el juez determine si otorgará una suspensión definitiva. De cancelar las obras, Fonatur deberá responder a una millonaria demanda pues los 22 inversionistas coinciden en que requerirán la devolución de su dinero con los respectivos intereses y una suma no determinada al momento por los daños que esta controversia ha causado a sus empresas.

Cabe recordar que en julio de 2005 la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) otorgó al Fonatur la autorización en materia de Impacto Ambiental para el desmonte de 49 hectáreas de manglares y selva baja, en el predio conocido como Malecón Tajamar. La autorización tiene validez hasta febrero de 2016 y la autoridad ha defendido hasta el día de hoy que la entrada en vigor de la adición al Artículo 60 de la Ley General de Vida Silvestre el 1 de febrero de 2007, que prohíbe la remoción del manglar no procede por haber sido posterior a la entrega de la autorización.

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