Último minuto
Viernes, 25 de Septiembre de 2026
Puebla 12°C
Reto Diario | Noticias de Puebla
Ver Episodio Completo

Portada del Día

Cargando Portada...

Pena contra rijosos en eventos deportivos avanza en San Lázaro

Pena contra rijosos en eventos deportivos avanza en San Lázaro

Noticias MVS

En la Cámara de Diputados, avanzó el dictamen de las comisiones de Deporte y Justicia, que prevé aplicar sanciones administrativas e incluso, hasta 4 años y seis meses de prisión, a quien cometa actos de violencia en eventos deportivos.

El proyecto fue aprobado en lo general y lo particular, excepto en su parte central, contenida en los artículos 154 y 155, que establecen las penalizaciones a aquellos que ingresen sin autorización a los terrenos de juego, canchas o espacios donde se desarrolle la actividad deportiva y aunado a ello, lancen objetos contundentes, provoquen riñas, agredan al deportista y generen disturbios y daños materiales.

Al respecto, el diputado del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Fernando Zárate, dijo estar a favor de aplicar penas de cárcel a los responsables de violentar eventos deportivos

Los cambios a la Ley General de Cultura Física y Deporte, tiene como fin prevenir y sancionar la violencia en eventos deportivos.

Subraya que en el país son cada vez más frecuentes los episodios de violencia entre grupos de aficionados y porras, en particular de equipos de futbol soccer. Los enfrentamientos, recapitula, se presentan en las tribunas de los estadios y fuera de los mismos, lo que provoca choques con las autoridades, daños en propiedad ajena y distintos tipos de agresiones.

La reforma contempla sanciones administrativas e incluso penales, conforme a la gravedad de la conducta de quienes cometan actos de violencia contra los espectadores, deportistas e instalaciones.

Entre otras penas, se aplicará al infractor expulsión inmediata de las instalaciones deportivas, amonestaciones privadas o públicas, multas de 10 y hasta 90 salarios mínimos, la reparación integral del daño ocasionado a bienes y a personas; así como la prohibición de ingresar a espectáculos deportivos de uno a cinco años.

En caso de que la persona ingrese sin autorización a las canchas o espacios de desarrollo del deporte, se le impondrá una multa de tres días a tres meses de prisión o de 10 a 90 días de multa.

En caso de que al incurrir en dicha conducta, agreda a las personas o provoque daños materiales, tendrá sanciones de 6 meses a tres años de cárcel y de 10 a 40 días de multa.

El aficionado o asistente a estadios y eventos deportivos, que lance objetos y en consecuencia ponga en riesgo la salud o la integridad de los presentes, purgará de 6 meses a dos años de prisión y de 5 a 30 días de multa.

El que provoque daños materiales dentro del propio recinto deportivo, en instalaciones anexas, en las inmediaciones, introduzca al lugar armas de fuego, explosivos o cualquier otro tipo de arma prohibida, será encarcelado por 6 meses y hasta 4 años 6 meses de prisión; aunado a que deberá pagar una multa de 20 a 90 días de salario mínimo.

Contempla la creación de un “padrón de aficionados violentos”, donde se registrará a aquellos a que se les prohíba el ingreso a instalaciones y espectáculos deportivos. El listado formará parte del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

La norma establece que las legislaturas estatales y autoridades municipales deberán adecuar sus leyes, en un plazo no mayor a 6 meses, una vez que los lineamientos entren en vigor.