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Presidencia interpone controversia en SCJN contra juez por telecomunicaciones

Presidencia interpone controversia en SCJN contra juez por telecomunicaciones

Noticias MVS

La Presidencia de la República presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la controversia constitucional en contra de la sentencia de un Juez Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal que mediante un oficio emitido el día de ayer, impidió al Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) votar los lineamientos para la retransmisión de señales radiodifundidas en sistemas de televisión restringida, mejor conocidos como “must carry-must offer”.

El documento anunciado por el vocero de la Presidencia, Eduardo Sánchez Hernández, y el Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal, Humberto Castillejos Cervantes, fue ingresado en sigilo al Pleno de la Oficialía de Partes del Máximo Tribunal del país al filo de las 15:13 horas.

Luego de su ingreso a la Oficialía de Partes de la Suprema Corte, la controversia constitucional será turnada a la Secretaría de la Presidencia para que posteriormente dicho recurso se turne a un ministro, el cual finalmente resolverá si la impugnación es admitida a trámite o se desecha.

La admisión a trámite de la controversia constitucional puede tardar de dos a cinco días hábiles, luego de lo cual, se publicará el acuerdo respectivo en los estrados electrónicos de la Suprema Corte, por lo que será hasta ese momento que se hagan públicos todos los argumentos de Presidencia de la República para defender las facultades del IFETEL.

En conferencia previa, el Consejero Jurídico de la Presidencia, Humberto Castillejos, explicó que la controversia se promueve con base en varios precedentes emitidos por la propia Corte años atrás, en los cuales se reconoce la legitimación del Primer Mandatario para impugnar y recurrir cualquier resolución judicial o ley que ponga en peligro las facultades de la Federación, además de solicitar al Máximo Tribunal del país que este asunto sea analizado de manera prioritaria.

Castillejos Cervantes agregó que conforme al artículo Octavo Transitorio, Fracción Primera de la Reforma de Telecomunicaciones, se establece con toda claridad que una vez que entró en vigor la nueva ley en la materia, el IFETEL podía definir los criterios que deben se cumplir por parte de todos los involucrados para la aplicación del Must Carry y el Must Offer.

También explicó que entre los precedentes citados por la Presidencia de la República para la defensa de las facultades de IFETEL ante la resolución del Juez Trigésimo Segundo de lo Civil del Tribunal Superior de justicia del Distrito Federal, José Guadalupe Mejía Galán, se encuentran los derivados de la controversia constitucional 77/2010, en la cual se estableció que el Estado de México invadió competencias del Congreso de la Unión al legislar en materia de seguridad privada.