En 2020, el Instituto Nacional de Estadísticos y Geografía (Inegi) realizó un estudio en el que señaló que México ocupaba el primer lugar en maltrato animal en Latinoamérica y el tercero a nivel mundial. Sin embargo, 27 de las 32 entidades federativas cuentan con una ley de protección animal, para intentar revertir esta situación.
En febrero de 2018, Puebla se unió a la lista de estados que cuentan con una Ley de Bienestar Animal; sin embargo, el Instituto de Bienestar Animal (IBA) informó que la entidad ocupa el segundo lugar nacional en maltrato animal, solo es superado por el Estado de México.
La IBA informó que se han registrado 79 denuncias por maltrato animal ante la Fiscalía General del Estado (FGE) de Puebla. La mayoría de los casos son por maltrato, crueldad, abandono, envenenamiento, lesiones e incluso hasta asesinatos. En los últimos meses algunos casos han impactado a la sociedad porque fueron realizados por menores de edad, como lo fue la adolescente de Huachinango que mató a un perro que adoptó o el joven de 12 años que violó a una perra en Atlixco.
A pesar de estos datos, el Gobierno de Puebla realiza acciones para combatir la crueldad animal, por ejemplo, el Instituto de Bienestar Animal en cuanto recibe una recibe una denuncia por maltrato, realiza inspecciones y se remite un expediente a la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial para se que aplique una multa o sanción.
De esta manera, en 2022, el instituto realizó 263 inspecciones y valores a animales de compañía de las cuales 35 casos recibieron una sanción administrativa; mientras que, en este 2023 se han realizado 115 inspecciones en los primeros seis meses del año.
Además, de enero al 31 de mayo de este año, en el estado se denunciaron 79 delitos en contra de animales, de los cuales ocho se han vinculado a proceso.
Según datos de la fiscalía de Puebla, 40 casos de maltrato se perpetraron en la capital del estado, mientras que 39 se efectuaron en Atlixco, Coronango, Cuatlancingo y San Andrés Cholula.
¿Qué servicios brinda la Secretaría de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Puebla?
La Secretaría de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Puebla es la instancia encargada de velar por el bienestar animal en la capital del estado, es por esto que ofrece diez servicios de apoyo.
Por ejemplo, en enero del año pasado, la secretaría tuvo la primera jornada de adopción digital de perros, misma que se realizó a través de redes sociales, en donde también compartieron cuáles eran los lineamientos para acoger a uno de estos canes, mismos que fueron rescatados de la calle.
Muchos de los servicios que ofrecen no tienen costo alguno, sin embargo, recomendamos que si te interesa alguno, llames para conocer todos los detalles.
Los servicios que ofrece la Secretaría del Medio Ambiente son:
- Recuperación de mascota por rescate en vía pública.
- Sacrificio de animales con servicio a domicilio.
- Sacrificio de animales presentándolos en la Dirección de Protección Animal.
- Recepción de animal muerto con servicio a domicilio.
- Recepción de animal muerto presentado en la Dirección de Protección Animal.
- Incineración individual con devolución de cenizas, sin urna.
- Esterilización de mascotas en puestos fijos.
- Esterilización de mascotas en colonias.
- Aplicación de vacuna antirrábica.
- Entrega voluntaria de mascotas vivas a la Dirección de Protección Animal.
¿Cómo se castiga el maltrato animal en Puebla?
El estado cuenta con la Ley de Bienestar Animal, misma que busca castigar a todas las personas que cometan actos que pongan en peligro la vida de un animal, además establece los principios que tiene que seguir las personas que tengan algún animal.
Esta ley tipifica los tipos de maltrato y las sanciones que pueden adquirir las persona que ejerzan este delito, mismas que pueden ir desde multas hasta años en prisión, aunque estas pueden aumentar según la gravedad de los hechos.
El Código Penal de Puebla establece cuatro artículos en el capítulo vigésimo cuarto las penas y sanciones por delitos de crueldad o maltrato animal.
De esta manera, el Artículo 471 establece que cualquier persona que realice alguna acción con la intención de lastimar sin causa justificada y provoque lesiones que no pongan en peligro la vida del animal, el responsable será sancionado con multas podrían alcanzar los 31 mil pesos, así como pasar de seis meses a cuatro años en prisión.
Mientras que si se provoca la muerte de un animal, la pena se eleva y se tendrá que pagar una multa de hasta 51 mil 870 pesos, así como pasar de cuatro a ocho años de cárcel.