La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDH Puebla) solicitó de forma pública a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) que se abstenga de intervenir en el caso del bebé que fue hallado muerto en un basurero del CERESO de San Miguel, al argumentar que se trata de hechos registrados a nivel local.
A través de un comunicado, el organismo estatal argumentó que la protección de derechos humanos a nivel federal estará a cargo de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y en las entidades federativas por los organismos de protección de los derechos humanos que las legislaturas estatales instituyan.
Refirió que el artículo 60 de la Ley CNDH señala que, ante una queja por omisión o inactividad si considera que el asunto es importante y el organismo estatal protector de derechos humanos puede tardar mucho en expedir una recomendación, la Comisión Nacional podrá atraer el recurso con el objeto de que emita, en su caso, la recomendación correspondiente.
Asimismo, alegó que al momento de ejercer la facultad de atracción de una queja originalmente de la competencia de un organismo local, la Comisión Nacional deberá emitir acuerdo de atracción suscrito por la persona titular de la presidencia y será notificado por el titular de la Visitaduría General al organismo local.
En la especie, dicho precepto no se actualiza a cabalidad, ya que por principio de cuentas no existe ningún sustento que justifique el elemento sustancial de dicho precepto legal, a saber, la especial gravedad por la cual están realizando la atracción. En segundo punto, al día de hoy no se ha recibido notificación alguna en este organismo constitucionalmente autónomo mediante la cual se haya ejercitado dicha facultad de atracción, por lo que se desconoce la motivación y fundamentación del ejercicio de la facultad conferida en el artículo 60 de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos”.
Además, la CDH sostuvo que en este caso no existen infracciones graves a los derechos humanos de las personas y “si bien se está en presencia de una privación de la vida, se desconocen las causas del fallecimiento, siendo esta la principal línea de investigación por este organismo constitucionalmente autónomo quien agotará todas las posibles para determinar si en los hechos existió acción u omisión de la autoridades penitenciarias del Estado y en su momento, emitirá el pronunciamiento correspondiente con estricto apego a la legalidad”.
Cabe señalar que la CNDH ejerció su facultad de atracción para investigar los hechos y solicitó medidas cautelares al subsecretario de los Centros Penitenciarios del estado de Puebla y a la Unidad Especializada de la Fiscalía General de la entidad, a fin de que se colabore con la investigación que permita esclarecer los hechos y se refuercen los controles de vigilancia, revisión e ingreso en el CERESO.
Hizo también un llamado a la Fiscalía General del Estado de Puebla a efecto de realizar una investigación seria, comprometida, diligente y eficaz que permita el esclarecimiento de los hechos y determine las responsabilidades correspondientes, y a las autoridades del gobierno de Puebla para reforzar los controles de vigilancia, seguridad, revisión e ingreso en dicho CERESO.
La CNDH alertó que durante las visitas de supervisión penitenciaria ha detectado “importantes irregularidades en el rubro de gobernabilidad, respecto a las deficiencias en el ejercicio de funciones de autoridad por parte de personas privadas de la libertad (autogobierno/cogobierno); insuficiencia de personal de seguridad y custodia, entre otras, lo que ha generado que durante los Diagnósticos Nacionales de Supervisión Penitenciaria emitidos de los años 2015 al 2020, haya obtenido calificaciones por debajo o mínimas de 7”.