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SNTE 23 asegura que se alcanza jurisprudencia en beneficio de los maestros

Alejandro Ariza Alonzo, se congratuló porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la unidad de medida y actualización.

SNTE 23 asegura que se alcanza jurisprudencia en beneficio de los maestros
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El dirigente de la sección 23 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación (SNTE), Alejandro Ariza Alonzo, se congratuló porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la unidad de medida y actualización, no puede aplicarse para determinar la cuota diaria o la limitante de pago de una pensión, por tratarse de naturaleza laboral regida por el salario mínimo.

En este sentido el dirigente de los docentes refirió que con esta medida se alcanza jurisprudencia en beneficio de los maestros, por lo que reiteró que con base a la cuarta transformación que es impulsada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, la aplicación será obligatoria a partir de mañana.

En este sentido comentó "con esta medida se consigue un nuevo logro para todos los trabajadores de la educación en el país; la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la unidad de medida y actualización, no puede aplicarse para determinar la cuota diaria o la limitante de pago de una pensión".

Agregó que el dirigente nacional, Alfonso Cepeda Salas, confirmó que las jubilaciones se determinarán y pagarán con base a lo que establece el salario mínimo vigente.

Cabe recordar que esta propuesta fue impulsada por el SNTE y hoy responde al sentir de todos los trabajadores de la educación en el país.

"Con motivo del Decreto de la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de enero de 2016, se modificó el artículo 123, apartado A, fracción VI de la Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos , a efecto de desindexar el salario, el cual históricamente se utilizó como base y cálculo de los montos de las obligaciones previstas en diversos ordenamientos jurídicos ajenos a la materia laboral, para ahora establecer la Unidad de Medida y Actualización para esos fines, reservándose el uso del salario sólo para cuestiones que no sean ajenas a su naturaleza laboral", apuntó.

En este sentido el dirigente magisterial dijo que para mayores informes se puede consultar la página https://bit.ly/21Yn9aN, donde está toda la información correspondiente; recordó que la pensión para los trabajadores es una prestación de seguridad social derivada de la relación de trabajo y sustentada propiamente en el salario.

Finalmente dijo que en lo relativo a su monto, actualización, pago y límite máximo, debe aplicarse al salario por no tratarse de cuestiones ajenas a su naturaleza; ante este escenario refrendó su agradecimiento con el presidente de México, así como la disposición de los maestros para continuar apoyando en el progreso educativo.