Analizan en la Ibero influencia y transformación de la Constitución
Nuestra Constitución es liberal, cuando hicieron todos los derechos sociales no pensaron en que el amparo pudiera hacerlos justiciables, lo que ha derivado que 1 por ciento de la población reciba 21 por ciento de los ingresos de todo el país, así como también ha permitido que el Régimen Fiscal favorezca a los más ricos sentenció Alejandro Jiménez Padilla, investigador del Instituto Mexicano de Derechos Humanos y Democracia.
Lo anterior se dio a conocer por parte del Instituto de Derechos Humanos Ignacio Ellacuría (IDHIE), y la Coordinación de Posgrados en Derecho de la Universidad Iberoamericana Puebla (Ibero) en el conversatorio “A cien años de la Constitución: avances y desafíos en materia de Derechos Humanos” cuya finalidad fue la transformación de este documento a lo largo de su existencia y la manera en la que ha influido nacional e internacionalmente.
“Así es como nos recibe nuestra Constitución en estos 100 años, quizá una de sus fortalezas es que es una de las más longevas y en donde se han reformado casi 700 artículos, tan solo con Felipe Calderón Hinojosa y Vicente Fox Quezada ex presidentes mexicanos, se modificaron 36 por ciento de los artículos”, aseguró el especialista.
Finalmente, Jiménez Padilla puntualizó que la Constitución Mexicana con toda la serie de modificaciones, ahora es casi tres veces más extensa de la que se redactó en Querétaro. “En esta podemos encontrar 21 derechos y 89 restricciones expresas a esos derechos para la generalidad de la población y solo 15 para grupos específicos”.
Galilea Cariño Cepeda, directora del IDHIE en su participación destacó que a lo largo de estos 100 años, solo 27 artículos no han sido reformados al informar que durante el sexenio de Felipe Calderón Hinojosa a la Carta Magna se le hicieron 110 reformas, razón por lo que resulta fundamental reflexionar la importancia de analizar y valorar los derechos de nuestro país.
La responsable de Orientación Jurídica y Psicosocial del IDHIE, Rosario Arrambide González, destacó su participación en los derechos constitucionales de las mujeres al subrayar que tan solo el artículo primero menciona que “todo individuo gozará de garantías” y parecería que esto incluía a las mujeres, pero en realidad eran excluidas del término “ciudadanía”.
Apuntó que fue hasta el 2014 que se da una reforma constitucional en donde los partidos políticos deben garantizar la calidad de los géneros y establecer una cuota del 50 y 50 por ciento, aunque hay mucha deficiencia en la práctica.
“A nivel municipal al 2017, sólo hubo 175 presidentas municipales, entonces no se cumple con los compromisos internacionales en este rubro”, abundó.
Manifestó que tan sólo en las cámaras legislativas, de 500 diputaciones solamente el 42% corresponde a mujeres, en el Senado solo el 36% de los escaños son ocupados por mujeres y las Comisiones Ordinarias, del total solo 30% corresponden a mujeres.
Por su parte, José Antonio Bretón Betanzos, coordinador de los Posgrados en Derecho de la Ibero centró su ponencia en la manera en que la Constitución aborda el tema de la dignidad al señalar que este término se toca en el artículo 16 con la palabra digno. “Pero solo como un vocablo para describir a las personas que son dignas por hacer algo especial, pero no por el hecho de ser seres humano”.
El especialista aseguró que en los diversos artículos constitucionales la palabra “dignidad” alude a términos de la característica de la persona, de vivienda digna, trabajo digno y “fue hasta el 14 de agosto del 2001, en el artículo segundo que nos habla de la dignidad e integridad de las personas, aludiendo a un concepto de igualdad para nivelar las condiciones entre hombres y mujeres, pero no existe una vocación por reconocer la dignidad humana”.
Apuntó que en países como España, sus documentos hablan puntualmente sobre la dignidad de la persona, específicamente en la dignidad como valor y algo indivisible, “ven a la dignidad como el eje conductor de todas sus políticas”.
