Condenan a cuatro años de prisión a Santi Mina por abuso sexual
El amigo que presenció los hechos ha sido absuelto "por no participar en el delito”
Santi Mina
La sección de apelación de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) confirmó la sentencia de la Audiencia de Almería por la que condenó al futbolista Santi Mina a cuatro años de prisión por el delito de abuso sexual y rebaja la indemnización de 50.000 a 25.000 euros por el daño moral causado a la víctima.
La sentencia acepta los hechos probados que relataba los abusos sexuales que se produjeron en junio de 2017 en una furgoneta que estaba estacionada en las proximidades de una discoteca de Mójacar Almería, donde pernoctaban y viajaban Mina y otro acusado con dos amigos más.
El fallo, que confirma de otro lado absolución a D.G., incide en que no “hay ninguna mención expresa a que la víctima consintiese alguno de los actos abusivos descritos” pese a que el recurrente insiste que “hubo una interacción sexual consentida” que fue negada en todo momento por la víctima.
En el relato de hechos se hace referencia a cómo se aprovechó el espacio en el interior de la furgoneta donde se apunta que “no hubo consentimiento viciado de la víctima”.
Foto: Redes
El Tribunal rechaza los motivos de apelación del condenado, en los que indica que se vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva porque la sentencia no fue imparcial al valorar las declaraciones de la víctima. Además, aunque defiende que existieron contradicciones en las distintas declaraciones de la víctima, la Sala explica que el relato de la víctima carece “de contradicciones relevantes en los aspectos esenciales”.
También descarta la sección de apelación que la víctima actuara animada por un motivo espurio, que consistiría en obtener una cuantiosa indemnización.
La Audiencia de Almería consideró que quedó probado el abuso sexual en junio de 2017 en Mojácar después de que la víctima facilitara en la vista oral “un testimonio rotundo, abundante en detalles y coincidente en lo sustancial y esencial con lo que previamente había manifestado en sede policial y en sede de instrucción”.
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La resolución remarcó, además, que el testimonio de cargo quedó “corroborado por distintos y definitivos elementos probatorios”, entre ellos, el informe médico-forense que detalló lesiones extragenitales y genitales.
El tribunal presidido por la magistrada Társila Martínez subrayó que, frente a la “coherencia” del relato de la víctima, la versión del futbolista tiene “poca credibilidad”, ya que “resulta cambiante en función del devenir de las diligencias de investigación”.


