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¡Se queda en prisión! Audiencia de Barcelona rechaza apelación de Dani Alves

Negaron su libertad condicional por riesgo de fuga

Alves

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La audiencia de Barcelona acordó mantener en prisión preventiva al exjugador del Barcelona, Dani Alves, acusado de abusar sexualmente de una joven en la discoteca Sutton el pasado 30 de diciembre, aduciendo que el “riesgo de fuga permanece“.

La sección tercera de la audiencia  desestima el recurso de apelación presentado por la defensa de Alves contra la decisión de la juez instructora de mantener en prisión al jugador brasileño, encarcelado desde el pasado 20 de enero en el centro penitenciario de Brians 2.

En su resolución, el tribunal rechaza el principal argumento esgrimido por la defensa del jugador en el recurso, que Alves tiene un “proyecto de vida” en España, como el reciente empadronamiento de sus hijos en la casa de Esplugues de Llobregat, Barcelona o el hecho de que su exmujer resida en el país, documentación que el equipo legal del jugador adjuntó en apelación.

“No nos convencen los argumentos expuestos” de que estas medidas “neutralizan” el “riesgo” de fuga, exposo la sección tercera de la Audiencia de Barcelona, asimsimo dice la documentación aportada por Alves no pone en evidencia ese “proyecto de vida” en España.

“La documentación española y el empadronamiento de los hijos menores del Sr. Alves en España parecen confeccionados ad hoc, prácticamente el mismo día de la resolución que deniega la libertad, para poder alegarlo ante este Tribunal”, expone.

El tribunal destaca, que Alves lleva unos cinco meses en prisión preventiva, y que la fase de instrucción está casi concluida, por lo que este plazo de tiempo no justifica el alzamiento de la medida privativa de libertad.

Una nueva prueba hace referencia al informe aportado por la defensa de Alves sobre las imágenes de los momentos previos a la supuesta agresión sexual, con el que los abogados del jugador pretenden cuestionar el relato de la joven al sugerir que estuvo coqueteando con el futbolista.

Sin embargo, la Audiencia dice no compartir las tesis de la defensa, según las cuales la declaración de la presunta víctima “se desmorona” a raíz de dichas imágenes.

“Debemos recordar que dicho comportamiento, aun cuando se tratara de un típico cortejo sexual entre dos adultos como afirma la defensa, no puede en modo alguno justificar una posterior agresión sexual. Tampoco puede fundarse la línea argumental para descartar el ataque a la libertad sexual de la joven en que ella entró voluntariamente en el baño. Aun cuando así fuera ello no daría ninguna concesión al Sr. Alves para imponer el acto sexual” enfatiza.

Finalmente, el tribunal recalca, además, que la declaración de la víctima tiene “rasgos de fiabilidad suficientes en esta fase procesal y los elementos de corroboración son variados”.

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