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Garganta Profunda

IMSS Puebla: negligencia criminal. No son números, son pacientes

El IMSS –que pasa quizá por su peor momento– no acaba de entender que la protección de la salud no termina en la puerta del hospital

Foto: Ulises Raziel Juárez Guarneros / EsImagen
IMSS

Una persona con una enfermedad psiquiátrica grave no mejora porque se termine un presupuesto gubernamental. No deja de necesitar hospitalización ni atención porque se agoten días-paciente contratados. Y una decisión administrativa no puede sustituir, por sí misma, la valoración clínica que determine si esa persona se encuentra en condiciones de continuar su tratamiento fuera del hospital.

Pero aunque el alta es un acto clínico, no una operación financiera, el IMSS en Puebla piensa distinto e incurre simple y llanamente en negligencia criminal.

Ese es el centro de la controversia que durante 2026 ha involucrado a derechohabientes del Instituto Mexicano del Seguro Social con padecimientos mentales complejos en Puebla, a sus familias, a Casa de Salud S. A. de C. V. como prestador subrogado y a distintas áreas del IMSS en Puebla.

Un tema profundo e importante del que ya me he ocupado antes aquí.

El protagonista de esta historia no es el contrato con Casa de Salud: es el paciente y su derecho a recibir atención continua, segura, individualizada y sustentada en criterios médicos.}

El derecho a la salud no puede convertirse en una variable de ajuste.

Tampoco el Estado y las instituciones que integran el Sistema Nacional de Salud pueden reducir la atención de una persona a una cifra administrativa.

La NOM-025-SSA2-2014, aplicable a la atención integral hospitalaria médico-psiquiátrica, exige que el egreso incluya valoración del estado clínico, diagnóstico, pronóstico, problemas pendientes, plan terapéutico, continuidad de atención y nota clínica de egreso. Además, prevé que la pertinencia de continuar tratamiento hospitalario o ambulatorio sea valorada médicamente conforme a las condiciones de la persona usuaria.

Por eso, el debate no consiste en sostener que un paciente psiquiátrico nunca puede ser dado de alta. Debe egresar cuando médicamente corresponda. Lo que resulta incompatible con una atención centrada en el paciente es invertir el proceso: primero necesitar un egreso por razones administrativas y después buscar una valoración que lo justifique.

Pero el IMSS ha decidido que no. Ha dicho que carece de presupuesto y ha determinado por sus pistolas que los pacientes con problemas de salud mental subrogados en Casa de Salud deben irse a sus casas sin importar las consecuencias: crisis, violencia intrafamiliar, intentos de suicidio y un largo etcétera.

La preocupación no nació en septiembre. Desde mayo de ese año, Casa de Salud llevó el asunto ante autoridades del Instituto y el Órgano Interno de Control. El escrito identificó el contrato S6M0057 y puso en el centro la seguridad clínica de los derechohabientes psiquiátricos subrogados.

Foto: Especial
Foto: Especial

Casa de Salud sostuvo que una intervención administrativa no debía sustituir el conocimiento longitudinal del médico tratante: antecedentes, respuesta a medicamentos, recaídas, evolución, riesgos, entorno familiar y posibilidades reales de continuidad ambulatoria.

El pasado 12 de agosto, el IMSS notificó una visita de supervisión vinculada al contrato S6M0057. El acta circunstanciada del 12 de agosto documenta la participación de funcionarios de Salud Mental y Adicciones, Prestaciones Médicas, Prevención y Atención a la Salud, supervisión médica, Trabajo Social y Servicios Jurídicos. Se recorrieron áreas de hospitalización de pacientes agudos y crónicos y se revisaron expedientes clínicos.

Al concluir, el acta señaló que no existían acuerdos que establecer. El representante de Casa de Salud dejó además asentado que de la visita no se desprendían observaciones al contrato. Eso no significa que ningún paciente pudiera ser dado de alta posteriormente; significa que aquella supervisión no dejó documentado un incumplimiento general que, por sí mismo, explicara una salida colectiva de pacientes.

A finales del pasado mes de septiembre, funcionarios del IMSS acudieron nuevamente a Casa de Salud para una actuación denominada “valoración de egresos”. La preocupación expresada por Casa de Salud y familiares fue que pacientes con padecimientos complejos pudieran ser encaminados a un alta sin que la decisión respondiera a la evolución clínica individual apreciada por quien ha llevado su tratamiento.

Este es el punto crítico: si primero existe una necesidad administrativa de generar egresos y después se busca construir la valoración que los permita, el orden clínico se invierte. Primero debe evaluarse la evolución del paciente. Después, si existe mejoría y condiciones de continuidad terapéutica, procede el egreso correspondiente.

La decisión de egreso en psiquiatría exige valoración clínica, diagnóstico actualizado, pronóstico, identificación de problemas pendientes, plan terapéutico y continuidad asistencial. En los casos en que el paciente permanece bajo tratamiento hospitalario, la valoración médica de su evolución es una garantía, no un obstáculo burocrático.

Una visita aislada puede ofrecer una fotografía del paciente. El seguimiento clínico permite conocer la película completa. De ahí la importancia de que cualquier decisión de alta esté debidamente integrada al expediente y sustentada en criterios médicos individualizados, no en una meta administrativa de camas, días o recursos.

Pero el IMSS –que pasa quizá por su peor momento– no acaba de entender que la protección de la salud no termina en la puerta del hospital. Antes de un egreso deben existir respuestas clínicas: cuál es el estado actual del paciente; qué riesgos persisten; qué medicamentos requiere; quién dará seguimiento; si existe una red familiar capaz de recibirlo; qué plan terapéutico continuará; a qué unidad será referido y qué ocurrirá ante una recaída.

La propia NOM-025 contempla que, cualquiera que sea la causa del egreso, la persona tiene derecho a continuar recibiendo la atención que requiere conforme a principios científicos y éticos de la práctica médica.

El lenguaje administrativo de la 4T habla de días-paciente, suficiencia presupuestaria, contratos, máximos y egresos. La medicina habla de personas. Cada día-paciente representa veinticuatro horas de atención de alguien que padece una enfermedad. Cada egreso representa a una persona que volverá a una familia y a una comunidad.

Por eso esta historia no debe plantearse como Casa de Salud contra el IMSS. Casa de Salud es el prestador subrogado. El IMSS es la institución responsable de sus derechohabientes. El titular del derecho es el paciente.

Todo parece indicar que, sin ponerlo por escrito, el IMSS tiene la misión de dar altas exclusivamente por falta de presupuesto. Hay una secuencia que exige explicación: reducción de 53.17% en días-paciente, denuncias previas sobre posibles intervenciones irregulares, investigación administrativa, supervisiones y posteriores actuaciones dirigidas a valorar egresos.

Muchas, muchas preguntas tienen que responder el insufrible director general, Zoé Robledo Aburto; la delegada en Puebla, María Magdalena Tinajero Esquivel, y el encargado de Prestación médicas del IMSS, Ernesto Corona, cuya conducta es –por donde se le vea– negligencia criminal.