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Palabra de mujer

¿A qué se refiere?

Foto: Especial
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Las generaciones actuales seguramente tuvieron algún acercamiento en su etapa escolar al concepto de Traición a la Patria, pero también para muchas, muchos, seguramente el concepto les es lejano y hasta desconocido y se preguntarán a que se refiere.

Este concepto surge nuevamente porque es el delito que se le está imputando al exfiscal de Chihuahua por la participación ilegal de agentes de la Agencia Central de Inteligencia (CIA) sin autorización en un operativo de desmantelamiento de un laboratorio clandestino de drogas en la Sierra de esa entidad federativa, del que se tuvo conocimiento por un accidente automovilístico en el que perdieron la vida estos agentes.

La traición a la patria es una figura jurídica de la mayor gravedad y de un gran peso histórico en México. Surge por la necesidad de proteger la integridad, la independencia y la soberanía del territorio mexicano por las constantes amenazas, invasiones, establecimiento de imperios y monarquías que asediaban a la entonces incipiente república en el siglo XIX, de ahí que era necesario blindar a la nación.

En todas las Constituciones del México independiente, hasta la de 1917 que nos rige actualmente, quedó incluida esta figura “indisolublemente ligada al acto de colaborar material y militarmente con el invasor o con potencias extranjeras para someter al Estado mexicano” (Aceves Jiménez, 2026).

Este delito está tipificado en el Código Penal, en los artículos 123 al 126, que prevé una serie supuestos contenidos en quince modalidades en que un mexicano o mexicana podría incurrir al cometer una serie de conductas que atenten contra la independencia, la soberanía o integridad territorial de México y también está catalogado este delito en la Ley de Seguridad Nacional.

Actualmente tiene una pena de prisión de 5 a 40 años, pero hasta hace 20 años este delito merecía la pena de muerte, en el 2005 fueron modificados dos artículos y en 2007, cuando México ratifica basado en su tradición garantista en contra de la pena de muerte el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Protocolo de la Convención Americana sobre Pena de Muerte.

En 1862, Benito Juárez promulgó la ley para castigar delitos contra la nación que fue la base para sentenciar a muerte a los generales conservadores Miguel Miramón y Tomás Mejía tras la caída del segundo imperio mexicano por colaborar con la intervención francesa y la imposición de Maximiliano de Habsburgo. Fueron fusilados en el cerro de las Campanas los tres.

Antonio López de Santa Anna, Victoriano Huerta, Félix Díaz, aunque nunca llegaron a un proceso fueron imputados por este delito; después de 1917 no hay registro de personas sentenciadas por este delito y cuando se ha presentado esta figura jurídica ha sido por intereses políticos. En 1945, en el contexto de disputas políticas, tres diputados, Carlos A. Madrazo, Pedro Téllez Vargas y Sacramento Joffre, fueron acusados por el caso Programa Bracero, estuvieron detenidos y salieron de la cárcel; después a 60 policías y agentes de inspección fiscal aduanal de Chihuahua por no haberse allegado al procedimiento al entregar a 15 mexicanos involucrados en un asalto a un tren estadounidense al Buró Federal de Investigaciones (FBI); Felipe Calderón fue denunciado por este delito; Peña Nieto y Videgaray por el caso Odebrecht; senadores del PAN porque recibieron a Santiago Abascal y el hijo del Chapo Guzmán en 2025 por la entrega del Mayo Zambada fue imputado también por este delito. Ninguno llegó a proceso. 81 años después una persona está detenida por este delito.

Por la carga histórica que representa, hay que estar atentas y atentos en cómo la Fiscalía General lo configura y lo sostiene aportando los elementos suficientes para probar contundentemente que el exfiscal incurrió en este delito, por supuesto, dejando claro que se cumple con la ley y que se está impartiendo justicia al demostrar fehacientemente que incurrió en alguna de esas quince modalidades que marca la Ley, separando con claridad con lo que pudiera ser un ejercicio ilegal en el servicio público; para evitar la percepción de que se está usando esta figura jurídica como un instrumento político de intimidación y persecución en contra de opositores o adversarios políticos al régimen actual, lo que representaría una distorsión muy grave al Derecho Penal, porque hoy por hoy, esto último es lo que está permeando en el imaginario colectivo.

De ahí la importancia de que las generaciones actuales conozcan de qué se trata este delito, lo identifiquen y razonen si aplica o no al exfiscal de Chihuahua, hoy detenido por Traición a la Patria.